Resolución del Tribunal Supremo conforme a las expectativas de los clientes del despacho 

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El equipo de nuestro despacho ha vuelto a conseguir una resolución favorable para nuestros clientes ante el Tribunal Supremo. En esta ocasión se trata de la resolución de fecha 30 de octubre de 2025, dictada en el asunto n.º III CZP 22/25. Según la misma, el consumidor que celebra un contrato de desarrollo inmobiliario con una entidad profesional debe poder reclamar una indemnización superior a la penalización establecida en el contrato, especialmente cuando el importe de dicha penalización haya sido fijado a un nivel manifiestamente bajo. 

La cuestión jurídica analizada por el Tribunal Supremo surgió a raíz del caso de nuestros clientes, quienes sufrieron un perjuicio de varias decenas de miles de zlotys debido a retrasos derivados de una ejecución inadecuada del proceso de construcción. El promotor demandado argumentó que solo deberían poder reclamar una cantidad significativamente menor, debido a las limitaciones derivadas del importe de la cláusula penal fijada, conforme al artículo 484 § 1, segunda frase, del Código Civil. Sin embargo, el Tribunal Supremo consideró acertadamente que tal situación implicaría una limitación ilegal y desproporcionada de la responsabilidad del empresario frente al consumidor. 

Puede encontrar más información en el siguiente artículo: 

https://www.rp.pl/konsumenci/art43270381-deweloper-moze-zaplacic-wiecej-za-spoznienie-w-oddaniu-mieszkania