LEY DE QUIEBRA
Nuestra oficina legal ofrece asesoría legal en casos relacionados con una ley de bancarrota y reorganización ampliamente entendida. Representamos a nuestros clientes en procedimientos ante los tribunales y durante las negociaciones. Los servicios ofrecidos son los siguientes:
Declaración de quiebra
- verificar si existe una base legal para declararse en bancarrota,
- verificar si los miembros de la Junta estarán exentos de responsabilidad por las deudas de la empresa,
- Preparación de documentos adjuntos a la solicitud de quiebra, de acuerdo con las regulaciones legales,
- preparar y presentar una solicitud de quiebra,
- preparar una solicitud para la aprobación de los términos y condiciones de venta de una empresa,
- corregir una solicitud de quiebra a petición del tribunal,
- Procedimiento de reclamo en caso de que la solicitud de quiebra sea desestimada.
- Mayor representación ante el tribunal hasta declaración de quiebra.
Seguimiento de los procedimientos de quiebra y reorganización.
- representación en contacto con el receptor, el juez-comisionado y los acreedores durante los procedimientos de quiebra y reorganización,
- informes periódicos sobre el estado de los procedimientos de quiebra y reorganización,
- Seguimiento de los plazos de los actos jurídicos en los procedimientos de quiebra y reorganización.
Representación en procedimientos de quiebra y reorganización.
- informar una reclamación a la quiebra de bienes,
- solicitud para el establecimiento de un fideicomisario en quiebra para el deudor,
- Solicitud de presentación de un administrador de la corte,
- solicitud de quiebra en quiebra,
- solicitud de medios coercitivos hacia el deudor,
- apelar contra las decisiones del juez-comisionado y los actos del receptor,
- representación en los procedimientos para la asignación de una suma de dinero para satisfacer las necesidades de vivienda de la quiebra después de que se haya vendido su casa o apartamento,
- Representación en el procedimiento para la remisión de obligaciones de un deudor que es una persona física, que no estaba cubierta en un procedimiento de quiebra (artículo 369 de la Ley de Quiebras).
- representación en el procedimiento para la exclusión de activos del patrimonio de la quiebra,
- presentar objeciones contra una lista de reclamaciones,
- representación en el procedimiento por declarar que los actos realizados por la bancarrota antes de declararse en bancarrota fueron ineficaces,
- objeciones al plan de división,
- Representación en el Comité de Acreedores.
- Representación en Reuniones de Acreedores,
- petición para castigar o despedir al receptor,
- presentar propuestas de composición,
- queja contra una decisión sobre la aprobación de un acuerdo de composición,
- solicitud de revocación de un acuerdo de composición,
- objeción a la estimación y valoración de una empresa,
- queja contra la aprobación de un licitador,
- Asesoría legal en la compra de activos en procedimientos de quiebra.
- asesoramiento legal sobre la conclusión de un acuerdo de pago con acreedores públicos (Institución de Seguro Social, Oficina de Impuestos, Fondo de Beneficios para Empleados Garantizados),
- Solicitud de suspensión del procedimiento.
- representación en procedimientos de quiebra iniciada después de la muerte del deudor,
- representación en los procedimientos para la aprobación de un acuerdo de composición (artículos 210 y siguientes de la Ley de Reorganización),
- representación en procedimientos de composición acelerados (artículos 227 y siguientes de la Ley de Reorganización),
- Representación en procedimientos de recuperación (artículos 283 y siguientes de la Ley de Reorganización).
Representación de los miembros de la Junta.
- representación en procedimientos civiles contra miembros de la Junta de responsabilidad por las deudas de la empresa: el artículo 299 del Código de sociedades comerciales, el artículo 21 de la Ley de quiebras,
- representación en casos relacionados con la responsabilidad de los miembros de la Junta por obligaciones fiscales - Artículo 116 de la Ley Tributaria,
- representación en los procedimientos relativos a la prohibición de realizar actividades comerciales por parte de los miembros de la Junta - Artículo 373 de la Ley de Quiebras,
- defensa / procesamiento ante un tribunal penal en casos relacionados con el suministro de información falsa en la solicitud de quiebra - Artículo 522 de la Ley de Quiebras,
- defensa / procesamiento ante un tribunal penal en los casos relacionados con un trabajo que dificulta el trabajo del receptor o del juez-comisario: el artículo 523 de la Ley de Quiebras,
- defensa / procesamiento ante un tribunal penal en casos relacionados con la responsabilidad penal por no declararse en bancarrota - Artículo 586 del Código de Empresas Comerciales,
- defensa / procesamiento ante un tribunal penal en los casos relacionados con la responsabilidad penal por el ocultamiento del patrimonio - artículo 300 del Código Penal,
- defensa / procesamiento ante un tribunal penal en casos relacionados con la responsabilidad penal por la denominada quiebra falsa: el artículo 301 del Código Penal,
- defensa / enjuiciamiento ante un tribunal penal en casos relacionados con responsabilidad penal por el cumplimiento de reclamaciones de acreedores seleccionados - Artículo 302 § 1 del Código Penal,
- Defensa / procesamiento ante un tribunal penal en casos relacionados con responsabilidad penal por el denominado soborno de bancarrota - Artículo 302 § 2 del Código Penal oda.