Sanciones administrativas

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El 1 de junio de 2017, la enmienda al Código de Procedimientos Administrativos (adoptada el 7 de abril de 2017) entró en vigor en el Código, Sección IVa , que regula de manera integral la cuestión de las multas administrativas:

  • el ámbito de aplicación de las disposiciones,
  • definición legal de sanción administrativa,
  • Directiva sobre la imposición de una sanción,
  • renunciando a la imposición de una sanción,
  • limitación de la imposición de la pena y su ejecución, y
  • Alivio al imponer un penal.
  1. El ámbito de aplicación de las disposiciones.
    Las nuevas regulaciones deben aplicarse tanto en relación con los estados fatales que surjan después de la entrada en vigor de la Ley como aquellos anteriores a la entrada en vigor, a menos que el estado legal vigente en El tiempo del evento es más relativo al sujeto.
    Si existen disposiciones separadas que regulan las cuestiones de sanciones administrativas específicas, el reglamento de la Sección IVa solo se aplicará de manera subsidiaria. No se usa en cuando el organismo decida sobre la base de lo dispuesto en:
    • procedimientos en los casos de delitos menores,
    • responsabilidad disciplinaria,
    • orden responsabilidad
    • responsabilidad por violación de la disciplina de las finanzas públicas.
  2. La definición legal de una multa administrativa.
    El artículo 189b introduce una definición legal, según la cual la sanción pecuniaria administrativa es una sanción monetaria, impuesta por una decisión de una autoridad de la administración pública por una violación de la ley por una persona física, persona jurídica o jurídica imperfecta (incumplimiento de las obligaciones o violación de la prohibición). Adicionalmente, de acuerdo con el art. 189 e, la parte no es castigada si la violación ocurrió debido a fuerza mayor. Si la parte retrasa el pago de la cantidad adeudada, el interés por la demora en la cantidad aplicable a los atrasos de impuestos se agrega a la cantidad.
  3. Directivas sobre la imposición de una sanción.
    Al imponer una sanción, la autoridad deberá tener en cuenta: los valores personales del infractor (persona física), el grado de contribución a la infracción, el beneficio obtenido de la infracción, las medidas adoptadas por la parte para abordar o eliminar los efectos de la infracción; La gravedad y las circunstancias de la violación (especialmente la amenaza para la vida y la salud) y violaciones similares cometidas por la parte en Pasado (también condenas por delitos y delitos).
  4. Retirada de la imposición de una sanción.
    La sección IVa introduce el principio de oportunismo al imponer una sanción administrativa. Se manifiesta en la orden de retirarse del castigo y detenerse en la instrucción cuando la escala de la infracción es insignificante y la parte deja de violar la ley o si la parte ya ha sido castigada por el mismo comportamiento (en procedimientos administrativos, penales o delictivos) y la pena ya cumple con los objetivos para cumplir con la sanción administrativa (la estructura es muy similar a la cancelación por absorción).
    Además, si las premisas anteriores no se producen, pero „permitirá cumplir con los fines para los cuales se impondría una multa administrativa”, la autoridad emitirá una resolución ordenando a la parte que proporcione evidencia para la eliminación de la infracción o notificación a los infractores. Si la parte presenta dicha evidencia, la autoridad emitirá decisiones sobre la exención de la pena.
  5. Limitación
    a) Limitación de la imposición de una sanción.
    La tarjeta no se puede imponer después de 5 años de la fecha de la violación o las consecuencias de su ocurrencia. Este plazo se interrumpe en el caso de quiebra y se suspende en caso de: presentar una apelación, presentar un reclamo para establecer la existencia de una relación (tribunal común), ordenar una garantía según las disposiciones sobre la ejecución administrativa.
    b) Limitación de ejecución.
    El pago de la multa administrativa no es ejecutable si han transcurrido 5 años desde el día en que debía ejercerse. El límite de tiempo se interrumpirá en caso de: declaración de quiebra, aplicación de una medida de cumplimiento de la cual se vio obligado a notificar u ordenar garantías de conformidad con las disposiciones sobre procedimientos de ejecución en la administración.
  6. Alivio en la ejecución del castigo.
    La autoridad puede otorgar una concesión en la ejecución de una sanción (es decir, es una decisión opcional o discrecional) si se cumplen las condiciones: la parte ha presentado una solicitud de concesión y está justificada por un importante interés público o privado. Debe recordarse que, en el caso de entidades que operan una actividad comercial, una concesión de este tipo solo puede otorgarse si no constituye una ayuda estatal o constituye una ayuda pública de minimis o una ayuda pública que cumpla con los requisitos especificados en el art. 189k a la par 3 punto 3 (el alivio está destinado a reparar los daños causados por desastres naturales (u otros acontecimientos excepcionales), remediar las perturbaciones graves en la economía y, al mismo tiempo, está en línea con los principios del mercado interno de la UE).
    La Ley prevé un catálogo cerrado de formularios de ayuda, es decir:
    • posponer la fecha de pago de la multa administrativa o repartirla en cuotas;
    • posponer la fecha límite para completar una multa administrativa pendiente o distribuirla en cuotas;
    • cancelación total o parcial de una multa administrativa (el interés también se deprecia proporcionalmente al monto del principal que se da de baja)