Transferencia de propiedad del apartamento como garantía.

by

Warning! AUTOMATIC TRANSLATION FROM POLISH LANGUAGE

A partir del 30 de mayo de 2020, lo dispuesto en el art. 3871, según el cual es inválido un contrato en el que una persona natural se compromete a transferir la propiedad de un inmueble utilizado para satisfacer sus necesidades de vivienda con el fin de garantizar reclamaciones derivadas de este u otro contrato que no esté directamente relacionado con la actividad empresarial o profesional de esta persona, si:

  1. el valor de la propiedad es superior al valor de los créditos monetarios garantizados por la propiedad más el interés máximo de demora sobre este valor por un período de 24 meses o
  2. no se especifica el valor de los derechos monetarios garantizados por esta propiedad, o
  3. la celebración de este acuerdo no fue precedida por una evaluación del valor de mercado de la propiedad por parte de un perito tasador.

Ha habido voces en la doctrina del derecho civil que consideran que esta disposición es demasiado casuística, y „el objetivo de esta disposición es la prevención de abusos que conduzcan a consecuencias socioeconómicas importantes, lo que también puede lograrse mediante instrumentos de derecho civil existentes y más universales, tales como el uso del concepto de abuso de derecho subjetivo (artículo 5 del Código Civil), nulidad de un acto jurídico por violación de los principios de convivencia social (artículo 58 § 2 del Código Civil), defectos en la declaración de voluntad (artículos 82 a 87 del Código Civil), explotación (artículo 388 del Código Civil) o protección de un deudor de bienes contra la sobregarantización (artículo 68 (2) del Código Penal)”. (Comentario del Código Civil de Bartłomiej Gliniecki actualizado bajo la dirección de Małgorzata Balwicka Szczyrba (2023).

Por ejemplo, en sentencia de 25 de febrero de 2022 (II CSKP 87/22), el Tribunal Supremo afirmó que „la transferencia como garantía de propiedad de un inmueble cuyo valor a priori sea manifiestamente desproporcionado con respecto al importe de la garantía crédito y el riesgo incurrido por el acreedor al conceder el préstamo o crédito, pueden dar lugar a la nulidad del contrato debido a la contradicción con la naturaleza del contrato de transferencia de propiedad como garantía (artículo 58 § 1 en conexión con el artículo 3531 de la Ley Código Civil) y los principios de convivencia social (artículo 58 § 2 del Código Civil)”. sin hacer referencia al nuevo artículo 3871