APELANDO DE LAS RESOLUCIONES DE LA EMPRESA


El Código de Sociedades y Compañías Comerciales otorga el derecho de interponer acciones para la invalidación o revocación de las resoluciones adoptadas por las juntas generales de accionistas de sociedades anónimas (pl. Spółka akcyjna - S.A.) a un grupo específico de personas. Dicho derecho reside en: el consejo de administración, el consejo de supervisión o los miembros individuales de estos organismos; un accionista que votó en contra de la resolución y una vez adoptada la resolución exigió que su objeción fuera registrada; (dicho requisito de voto no se aplica a un tenedor de una acción sin derecho a voto); un accionista a quien se le impidió indebidamente participar en la junta general; accionistas ausentes de la junta general, exclusivamente en el caso de que la asamblea de accionistas se hubiera convocado de manera indebida, se adoptó la resolución sobre un asunto no incluido en la agenda. La base para declarar inválida una resolución es su incumplimiento de la ley, mientras que una resolución de una junta general de accionistas en una sociedad anónima puede ser revocada si es contraria a la escritura y buena práctica de la compañía y es perjudicial para los intereses de la sociedad. Empresa o intención de perjudicar a un accionista. En el caso de las sociedades de responsabilidad limitada (pl. Spółka z ograniczoną odpowiedzialnością - sp. Zo.o.), los motivos legales para revocar o pronunciar resoluciones no válidas son los mismos que para las sociedades anónimas. Sin embargo, el grupo de personas que tienen derecho directamente a apelar de resoluciones en compañías de responsabilidad limitada no es exactamente el mismo que en el caso de una sociedad anónima. En cuanto a las disputas corporativas en Polonia, además de la base legal para apelar de resoluciones derivadas del Código de Sociedades y Sociedades Comerciales, las apelaciones de resoluciones también pueden presentarse en virtud del art. 189 del Código de Procedimiento Civil.

Las resoluciones que se impugnan en virtud del art. 189 del Código de Procedimiento Civil se mencionan como resoluciones inexistentes. En resoluciones desafiantes bajo el art. En el Código de Procedimiento Civil no existe un grupo exhaustivo de personas que tengan derecho a impugnar resoluciones. Tampoco hay una fecha límite, contrariamente a las apelaciones presentadas bajo el Código de Compañías Comerciales y Asociaciones.

En Varsovia, un tribunal competente cuando se presenta una apelación de tales resoluciones es el Tribunal Regional ubicado en ul. Czerniakowska 100.

Aparte de eso, el bufete de abogados también brinda asistencia para buscar soluciones a cualquier otro conflicto de intereses que pueda surgir en una empresa, pero no necesariamente tiene que implicar el desafío de ninguna resolución, por ejemplo: la exclusión de un socio de una sociedad, acción iniciada por Un accionista por recibir información sobre la empresa.